Preguntas frecuentes

 

 
  • Preguntas frecuentes para propietarios

    • Cuál es el coste de administrar mi propiedad?

      Cuál es el coste de administrar mi propiedad?

      Marebens determina sus honorarios mensuales aplicando un porcentaje proporcional a la renta mensual percibida, más el correspondiente IVA.

    • Qué costes adicionales puede implicar la administración?

      Qué costes adicionales puede implicar la administración?

      Marebens ofrece a sus clientes un servicio exclusivo de asistencia y defensa jurídica para garantizar vuestro arrendamiento por un coste único de 3€ mensuales por finca administrada. A su vez, Marebens dispone de la mejor plataforma de publicidad local y en red de vuestros inmuebles por un único importe de 40€, una vez formalizado el alquiler de vuestra finca. Aparte de estas dos opciones, no hay ningún coste adicional por la gestión de vuestro patrimonio.

    • Qué documentación se requiere?

      Qué documentación se requiere?

      Para hacer efectivo el alquiler o compraventa de un inmueble necesitamos la escritura de propiedad y la cédula de habitabilidad vigente, así como el último recibo del IBI y las dos últimas facturas de los suministros que correspondan.

    • Cuándo y cómo cobraré mi alquiler?

      Cuándo y cómo cobraré mi alquiler?

      Liquidamos vuestra renta el último día de cada mes o trimestre en curso mediante transferencia bancaria a vuestra cuenta corriente, o bien en efectivo o cheque al portador en nuestras oficinas, según vuestra propia comodidad.

    • Qué garantías tengo de cobrar mi alquiler?

      Qué garantías tengo de cobrar mi alquiler?

      En Marebens llevamos a cabo una minuciosa selección de los potenciales inquilinos de vuestra finca. Además, hemos incorporado un nuevo y exclusivo servicio de asistencia jurídica para una mayor tranquilidad de nuestros clientes, que incluye la defensa judicial sin límite de vuestros intereses, derivados de cualquier obligación contractual del arrendamiento de vuestro inmueble. También nos acogemos en cualquier caso y para todos los arrendamientos al Avalloguer que ofrece la Generalitat (6 meses garantizados en caso de impago).

  • Preguntas frecuentes para inquilinos

    • Qué documentación necesito para poder alquilar?

      Qué documentación necesito para poder alquilar?

      En cualquier caso requerimos: DNI, pasaporte o NIE, la última nómina y/o contrato y vida laboral, así como un número de cuenta corriente de banco o caja nacionales. Si las garantías que ofrece la documentación son suficientes, y con el visto bueno del propietario, se procede a la formalización del alquiler.

    • Qué pasa si no cumplo con los requisitos?

      Qué pasa si no cumplo con los requisitos?

      Si entendemos que la nómina o la antigüedad laboral no garantizan plenamente el cobro mensual del alquiler, aceptamos que otra persona lo haga por ti, actuando como avalador. En este caso, el avalador deberá facilitarnos también si DNI, pasaporte o NIE, su nómina o última declaración de renta y su cuenta corriente.

    • Cuál será el coste de alquilar un inmueble?

      Cuál será el coste de alquilar un inmueble?

      Los gastos derivados de un alquiler siempre responden a la siguiente fórmula: fianza + renta del mes en curso + honorarios de agencia + seguro de hogar y responsabilidad civil. La fianza (1-2 meses en función del tipo de inmueble alquilado) se deposita directamente en el Instituto Català del Sòl y se devuelve dentro de los 30 días siguientes a la rescisión del contrato. Los honorarios de agencia corresponden a una mensualidad + IVA, y la póliza de seguro representa unos 97€ anuales, que deberás pagar únicamente el día de la formalización.

    • Quién da de alta los suministros?

      Quién da de alta los suministros?

      Si el inmueble que alquilas no tiene los suministros dados de alta (únicamente en el caso de pisos sin muebles), deberás hacerlo tú, siempre con nuestro asesoramiento. Opcionalmente puedes solicitar nuestro servicio de altas, que se encargará de tramitar todos los suministros por ti.

    • Qué duración tiene el contrato de alquiler?

      Qué duración tiene el contrato de alquiler?

      De acuerdo con la legislación civil vigente, todos los contratos tienen una duración de un año, automáticamente prorrogable por 2 más, esto es, por un total de 3 años. La permanencia mínima es de 9 meses a partir de la formalización del contrato, momento a partir del cual podrás dejar el piso sin otro requisito que el preaviso de un mes de antelación. La rescisión anticipada (a estos 9 meses mínimos) conlleva la penalización de tantas mensualidades como falten para cubrir este periodo.

    • Si quiero alquilar un inmueble, ¿Cuánto tardáis en formalizar y entregar las llaves?

      Si quiero alquilar un inmueble, ¿Cuánto tardáis en formalizar y entregar las llaves?

      Una vez aportada toda la documentación requerida para poder formalizar el contrato, con el visto bueno por parte de la propiedad, actuaremos con la máxima celeridad y eficiencia para entregarte el piso en óptimas condiciones lo antes posible. Este proceso suele durar de 1 a 5 días.

    • Cuándo debo pagar el alquiler?

      Cuándo debo pagar el alquiler?

      En Marebens cobramos el alquiler mensual de tu piso dentro de los 7 primeros días de cada mes, en función del que tú elijas: puedes optar por la domiciliación del recibo (efectivo como máximo el día 5 de cada mes), o bien por hacer el pago personalmente, según tu comodidad.

    • Qué pasa si me atraso en el pago del alquiler?

      Qué pasa si me atraso en el pago del alquiler?

      Si tienes domiciliado el recibo y, por cualquier motivo, nos viene devuelto por tu banco, deberemos cobrarte un recargo por los gastos ocasionados. En caso de dejar de pagar durante dos meses, recibirás una notificación de nuestros servicios jurídicos indicándote como resolver la situación de impago.

    • Qué hacer en caso de avería?

      Qué hacer en caso de avería?

      Llámanos lo antes posible. En Marebens disponemos de un servicio permanente de asistencia al inquilino para que cualquier incidencia se resuelva de la forma más rápida y eficiente posible.

    • Quiero dejar el inmueble antes del plazo acordado, ¿Qué debo hacer?

      Quiero dejar el inmueble antes del plazo acordado, ¿Qué debo hacer?

      Finalización y rescisión del contrato de alquiler de vivienda.
      Para rescindir el contrato de alquiler y recuperar la totalidad de la fianza debéis de tener en cuenta lo siguiente:

      • Avisarnos con 30 días (un mes natural) de antelación. Recordad que los recibos de alquiler se pagan por mensualidades íntegras del 1 al 5 de cada mes y que, por tanto, la entrega de llaves después de estos 5 primeros días implicará el cobro del mes entero.

      • Dejar el inmueble limpio de cualquier objeto personal, utensilio, enseres o muebles que no figuren en el inventario del contrato.

      • Facilitarnos las últimas facturas de suministros si estaban dados de alta a la formalización del alquiler, para poder saldar proporcionalmente los consumos a la finalización del contrato.

      • Dejar el inmueble en perfecto estado, correcto funcionamiento general y buenas condiciones de higiene y limpieza para evitar el gasto y cobro mínimo de 75€ por este concepto.

      Recordad también que estamos a vuestra disposición para cualquier duda o información adicional que necesitéis al respecto.